Previsional
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INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 15.008
10 de septiembre de 2019
,por Bertolot, Alicia
|La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en fallo del 17 de abril de 2019, en autos caratulados “M. R. A. C/ PROVINCIA DE BS. AS.S/ INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 15.008”, sostuvo que la medida cautelar solicitada por el actor, y denegada por el tribunal de grado debía merecer favorable acogida, toda vez que la aplicación del artículo 41 de la mencionada ley, que cambia el modo de calcular el haber jubilatorio de los empleados del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y que se aplica a todo el universo de jubilados, sin tener en cuenta la fecha en que los... >
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Movilidad de los Haberes Previsionales
1 de septiembre de 2006
{“BADARO, ADOLFO VALENTÍN c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS”}
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, BUENOS AIRES, DEL 08/08/2006
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación señaló que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional garantiza la movilidad de las jubilaciones, dejando librada a la prudencia legislativa la determinación del método a utilizar.
En virtud de ello, dispuso que el Congreso de la Nación, en un plazo razonable, debe dictar las normas necesarias para disponer un método de ajuste periódico de las jubilaciones, y de esta forma... >
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Acreditación Años de Servicios con Aportes
1 de febrero de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{“LIQUITAY, ROQUE JOSÉ C/ A.N.SE.S. S/PRESTACIONES VARIAS”}
C.S.J.N., 11/06/2002
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoca la sentencia apelada y reconoce el derecho a la jubilación ordinaria por considerar reunidos los requisitos para su obtención, en base a los siguientes argumentos:
1. Que la Cámara ha omitido ponderar pruebas conducentes para la resolución del caso, incluso aquellos aceptados por la A.N.Se.S y ha considerado cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley Nacional de Empleo, cuando en el expediente no... >
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Acreditación de Años de Servicios con Aportes
1 de febrero de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{“RÍOS, MARCELO C/A.N.SE.S. S/PRESTACIONES VARIAS”}
C.S.J.N., 28/10/2003
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que revocó el fallo de la instancia anterior que había reconocido el derecho al actor al beneficio de la jubilación por edad avanzada, en base a los siguientes argumentos:
1. Que la Alzada consideró que no se acreditaron los cinco años de servicios con aportes inmediatamente anteriores al cese de la actividad, exigidos por el artículo 31 de la Ley Nº 18.037... >
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Períodos Sujetos a Reajuste
1 de enero de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{“ANDINO, BASILIO MODESTO c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación revoca parcialmente la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo en la instancia anterior que delimito los período sujetos a reajuste y ordenó que la A.N.Se.S. abonará las diferencias resultantes en lo que excediera el diez por ciento (10%) hasta la fecha de liquidación, en base al siguiente argumento:
1. El jubilado objeta que la quita haya sido permitida también para el período posterior a la entrada en... >
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Aplicación de Leyes Especiales
1 de enero de 2006
,por Grenabuena, Silvia R.
{“SANTI, JUANA FRANCISCA c/A.N.SE.S. s/REAJUSTES VARIOS”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo en la instancia anterior en cuanto aplicó la Ley Nº 18.037 desde el 06/06/83 a octubre de 1990, y lo revocó al ordenar el reajuste de los haberes jubilatorios de la titular a partir de 1990, de acuerdo a la Ley Nº 23.895 y 22.955, en base a los siguientes argumentos:
1. Que corresponde decidir su situación de acuerdo a las disposiciones vigentes (Ley Nº... >
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Reajuste de Haberes Jubilatorios. Movilidad
1 de diciembre de 2005
,por Grenabuena, Silvia R.
{“MASSANI DE SESE, ZULEMA MICAELA c/ A.N.Se.S. s/REAJUSTES VARIOS”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció a la actora el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad establecida en la Ley Nº 22.929 –régimen para investigadores científicos y tecnológicos– en base a los siguientes argumentos:
1. Ley Nº 22.929 asegura el derecho a percibir los haberes mensuales de acuerdo a una proporción del sueldo asignado al último... >
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Separación de Hecho. Su Procedencia
1 de noviembre de 2005
,por Grenabuena, Silvia R.
{“S. M. A. C/SIEMBRA A.F.J.P. S.A.”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación hace lugar a la queja, declara procedente el recurso extraordinario, revoca la sentencia apelada que había rechazado la acción de amparo destinada a acceder a la pensión derivada del fallecimiento del cónyuge por estar separado de hecho, situación que lo excluía de la herencia del mismo, y por último se hace lugar a la acción de amparo.
Los argumentos que llevaron a la Corte a está conclusión son:
1. El inciso b) del artículo 1º de la Ley Nº 17.562 excluye al... >
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Matrimonio Celebrado en el Exterior. Convivencia. Procedencia del Beneficio
1 de noviembre de 2005
,por Grenabuena, Silvia R.
{“ZAPATA, LUCRECIA ISOLINA C/A.N.SE.S. S/PENSIONES”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación declara procedente el recurso ordinario, revoca la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la decisión que rechazó la acción de demanda de la actora a fin de obtener el beneficio de pensión, y reconoce el beneficio solicitado.
En las instancias anteriores el beneficio fue denegado porque el matrimonio celebrado en la República del Uruguay no tenía validez, debido a que la actora carecia de aptitud nupcial. Por lo tanto... >
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Monto del Beneficio. Pauta de Movilidad
1 de octubre de 2005
,por Grenabuena, Silvia R.
{“SIRI, RICARDO JUAN c/A.N.Se.S. s/ REAJUSTES VARIOS”}
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma en este fallo la sentencia en primera instancia, confirmada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que reconoció al actor el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad dispuesta por las Leyes Nº 22.731 –régimen previsional para funcionarios del servicio exterior de la Nación– y 24.019, en base a los siguientes argumentos:
1. El actor obtuvo la jubilación ordinaria por el régimen dispuesto por la... >
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Monto del Beneficio Pautas de Movilidad
1 de octubre de 2005
,por Grenabuena, Silvia R.
{“GEMELLI, ESTHER NOEMÍ c/A.N.Se.S. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD”}
En este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirma la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reconoció a la actora el derecho a que sus haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a la pauta de movilidad establecida en la Ley Nº 24.016 –estatuto especial para los docentes– en base a los siguientes argumentos:
1. El régimen jubilatorio de la Ley Nº 24.016 no está alcanzado por las disposiciones del sistema general establecido por las Leyes Nros. 24.241 y... >
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